Las pymes deberán compartir las facturas con Hacienda en enero de 2026 y los autónomos, en julio de ese año

Posted by JJL | 6 noviembre, 2024

Hacienda ya tiene fecha para que entre en marcha la nueva obligación para que pymes y autónomos que ingresen menos de 6 millones de euros compartan de forma inmediata su facturación con el fisco. El Ministerio que encabeza María Jesús Montero prevé que este deber entre en vigor de forma escalonada, de modo que las empresas comiencen a remitir sus facturas a la Agencia Tributaria a partir del 1 de enero de 2026, y los autónomos lo hagan seis meses después, a partir del 1 de julio de 2026.

Esta obligación emana de la Ley contra el fraude fiscal de 2021 y persigue prevenir así cualquier tipo de elusión de impuestos y luchar contra la economía sumergida.

El Ministerio de Hacienda ha sacado a consulta pública previa una modificación del Real Decreto de diciembre de 2023 que desarrollaba los requisitos que debían cumplir los sistemas informáticos que utilizaran pymes y autónomos para compartir estas facturas con el fisco. Esta norma decía que las empresas que desarrollaran estos softwares o programas informáticos de facturación, una vez publicada la orden ministerial con las especificaciones, tenían un plazo de nueve meses para ponerlos en marcha. Una vez los softwares listos, empresas y profesionales debían comenzar a remitir sus facturas como tarde el 1 de julio de 2025.

Sin embargo, esa orden ministerial no llegó hasta el pasado 28 de octubre, de modo que ahora Hacienda ha tenido que retrasar los plazos y dar a las empresas de informática hasta el 29 de julio de 2025 para habituarse y aplazar la obligación así a 2026, como ya adelantó este diario.

La Administración ha escalonado la puesta en marcha consciente de que los autónomos tendrán más dificultades que las empresas para adquirir estos programas. Asimismo, también se gana tiempo para que la Agencia Tributaria pueda desarrollar una aplicación gratuita para que compañías y profesionales con menos facturación puedan utilizarla.

Los que cumplen con el SII, exentos
Asimismo, el Ministerio de Hacienda recuerda que los nuevos requisitos de los programas de facturación solo serán necesarios para estas empresas que facturan menos de 6 millones, y no tendrán que cumplirlos los softwares que ya dan servicio a las compañías que superan este volumen de negocio y que desde 2017 ya remiten sus facturas al fisco a través del Suministro Inmediato de Información (SII).

El objetivo de esta decisión es evitar costes a los sujetos pasivos acogidos a este exigencia, según aclara el Ministerio.

Fuente: El Economista

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