Montero dará a elegir al contribuyente cómo pagar la plusvalía municipal

Posted by JJL | 8 noviembre, 2021

El Consejo de Ministros aprobará este lunes el Real Decreto-ley que adaptará el impuesto sobre la plusvalía municipal a la sentencia del Tribunal Constitucional y que permitirá a los contribuyentes elegir entre dos métodos de cálculo el que más les beneficie, han confirmado a Efe fuentes de Hacienda.


Los ayuntamientos tendrán seis meses para adaptar sus impuestos a la normativa. Con el nuevo impuesto quedará «garantizado que nadie que haga una venta a pérdidas lo tendrá que pagar», aseguran desde el ministerio. El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, un tributo local conocido como plusvalía municipal, grava la revalorización de los inmuebles con base en una metodología que el TC ha considerado inconstitucional.

En su sentencia del 26 de octubre, el TC anuló varios aspectos del tributo -que se paga cuando alguien vende, dona o hereda una vivienda-, en virtud de los cuales siempre había que pagarlo, con independencia de si se había producido un verdadero incremento de valor y la cuota pudiera resultar excesiva.

Con las modificaciones que se aprobarán este lunes, la cuota se podrá calcular mediante el valor catastral en el momento del traspaso, con unos nuevos coeficientes que fijará el ministerio y que reflejarán la realidad inmobiliaria, o mediante otra opción que consistirá en valorar la diferencia entre el valor de compra y el de venta, según confirmó este domingo el Ministerio de Hacienda.

«Se trata de poner en marcha una solución que permita que el impuesto sea constitucional y que los ayuntamientos lo puedan seguir cobrando. Ese fue el compromiso que se adquirió y lo que se va a hacer», subrayan desde el ministerio. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ya avanzó esta semana que llevaría al Consejo de Ministros «un texto legal para corregir elementos que se hubieran declarado inconstitucionales», con el objetivo de dar «tranquilidad y seguridad» a los contribuyentes y garantizar la financiación de las entidades locales, que son las que reciben los recursos de este impuesto.

El Constitucional ha cerrado la puerta los recursos masivos por el pago de la plusvalía municipal. En su sentencia de 26 de octubre de 2021, el Tribunal de Garantías introduce una cláusula en los fundamentos jurídicos en este sentido, tras declarar inconstitucionales los artículos del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (TRLHL), que regulaban la forma en que se establecía hasta ahora la base imponible de este tributo.

Las personas que hayan optado, antes de la emisión de la sentencia del TC por una autoliquidación pueden solicitar el dinero siempre y cuando hayan formalizado el proceso en los últimos cuatro años. Es el periodo de tiempo que la LGT determina para que la Administración pueda revisar la autoliquidación. Si ha sido el Ayuntamiento el que ha liquidado el impuesto, y los funcionarios aún no han cerrado en firme su valoración también es posible reclamar, pero si ya la han cerrado en firme, solo se dispone de un mes de margen para presentar reclamación.

Fuente: ElEconomista.es

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