Los fiscalistas ven inconstitucionales las dos nuevas leyes del Impuesto de Sociedades del Gobierno

Posted by JJL | 15 marzo, 2024

Los fiscalistas denuncian que las dos nuevas leyes que prepara el Ejecutivo para endurecer el Impuesto de Sociedades son inconstitucionales. De un lado, avisan que la enmienda al Proyecto de Ley anticrisis para aprobar los cambios en Sociedades  que sacó adelante el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en 2016 y que anuló el Tribunal Constitucional en enero dará lugar a una norma confiscatoria y que vulnera el principio de retroctividad. De otro lado, aseguran que el futuro impuesto para garantizar una tributación mínima del 15% de multinacionales y las grandes compañías españolas infringe también la capacidad económica y el principio de reserva de ley que la Carta Magna otorga al legislador.

La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha celebrado este jueves la XVII Jornada Nacional de Estudio en el que, entre otros asuntos, han valorado estas dos futuras normas. Desde la comisión directiva de la asociación apuntan respecto a la intención del Gobierno de volver a sacar adelante unas medidas fiscales que acaba de anular la Justicia por su inconstitucionalidad que «como mínimo, es inapropiado». La enmienda número 196 introducida por el PSOE al Proyecto de Ley anticrisis además señala literalmente que el objetivo de modificar el Impuesto de Sociedades es contrarrestar la sentencia del Constitucional. «Aparte del desacierto de tener una legislación proactiva a un procedimiento judicial, la norma que meten no es adecuada desde un punto de vista técnico», indican las mismas fuentes.

 Límites a la base imponible

El TC tumbó los cambios en Sociedades de Montoro (limitó la compensación de pérdidas, obligó a pagar las deducciones que registraban las compañías por el deterioro de sus participaciones y restringió las deducciones para evitar la doble imposición) por una cuestión de forma, ya que se utilizó la figura del Real Decreto-ley para sacar adelante la reforma en vez de hacerlo por ley. Sin embargo, no entró a valorar otras cuestiones de fondo ya denunciadas como que vulneraba el principio de capacidad económica. Ahora, el Gobierno quiere sacar adelante estos mismos cambios con efectos desde el 1 de enero de 2024. «El principio de la capacidad económica se basa en la base imponible, la base imponible es la manifestación numérica de la capacidad económica. En el momento que a los grupos se les limita la base imponible, creemos que tiene mucho sentido impugnarla porque se atenta a la capacidad económica del grupo fiscal», aseveran desde AEDAF.

Por otro lado, respecto al anteproyecto de ley para crear el nuevo impuesto complementario al de Sociedades para garantizar una recaudación mínima de los grupos y filiales del 15%, el abogado y economista Daniel Gómez-Olano, miembro de AEDAF, y el director fiscal de Ferrovial, Ignacio de Felipe, que participaron en una mesa sobre este nuevo tributo, coincidieron en que la norma copia lo que ha determinado la OCDE como base imponible sin pasar por el parlamento español, vulnerando el principio de reserva de ley de las Cámaras. Esta norma procede de la OCDE y ha aterrizado en Europa a través de una Directiva que hay que transponer hasta de 2023 (España y otros nueve países de la UE llegan tarde). No obstante, el objetivo de la Administración es que entre en vigor este año con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Roberta Poza, abogada, economista y miembro de la asociación, añadió que la futura ley también vulnera el principio de confiscatoriedad porque puede provocar que una compañía tribute estando en pérdidas.

Asimismo, alertan de que al exigir una tributación mínima a las empresas disuade la inversión extranjera porque deja sin efecto el atractivo de los incentivos fiscales.

Plan nacional para devolver tributos anulados

Los asesores fiscales exigen a Hacienda que ponga en marcha un plan nacional de devolución de los tributos anulados por los tribunales. El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado en los últimos años dos tributos relevantes, como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como el impuesto de la plusvalía, así como los cambios que hizo en 2016 el Gobierno del PP al Impuesto de Sociedades. Sin embargo, vetó los efectos de sus sentencias solo a aquellos contribuyentes que hubieran reclamado estos impuestos y su causa siguiera viva (que no fuera firme) a fecha de la sentencia.

Desde la cúpula de AEDAF aseveran que van a hacer una propuesta normativa para trasladar al Gobierno para conseguir que la anulación de un tributo tenga consecuencias y que todos los contribuyentes pueda recuperar lo que han pagado de más. «Llevaremos el tema en las instancias que consideremos oportunas, pero primero tenemos que tener una propuesta normativa, estudiar como se podría canalizar y a partir de ahí hablar con los poderes públicos», aseguran las mismas fuentes. El golpe del Constitucional al Impuesto de Sociedades puede costar a las arcas públicas hasta 30.000 millones de euros en devoluciones, pero solo si hubieran recurrido a tiempo todas las empresas.

Fuente: El Economista

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