Los ceses de actividad de la pandemia siguen pendientes para 60.000 autónomos

Posted by JJL | 13 octubre, 2025

Los ceses de actividad que se concedieron a los autónomos durante la época de la pandemia siguen sin resolverse y todavía hay cerca de 60.000 trabajadores por cuenta propia pendientes de una resolución de las mutuas, según los datos facilitados por Upta. Del total de 1.484.992 de prestaciones concedidas durante la pandemia, y por los que las mutuas abonaron 3.758 millones de euros, 781.691 se aceptaron por suspensión de actividad (el 52,64%), mientras que 703.301 (el 47,36%) por haber alegado una reducción del 75% de sus ingresos. El resto, unas 150.000, se han visto en proceso de revisión de las que un 60% ya se ha solventado y otro 40% sigue pendiente (algo menos de 60.000).

El gran problema de ese 40%, asegura Upta a elEconomista.es, proviene de los autónomos que tributan por módulos, ya que no tienen la obligación de llevar libros contables y ahora tienen complicaciones para demostrar que en el momento del confinamiento cumplían con los requisitos para solicitar el cese de actividad.

Y es que, los autónomos que optan por el régimen de módulos, o tributación por estimación objetiva, calculan lo que tienen que pagar de IRPF en función de una estimación de las ventas realizadas en el año y, para calcularlas, se utilizan distintos parámetros como los empleados a cargo, tamaño del local o localidad en la que se ubica. Este régimen se permite, sobre todo, para negocios que manejan mucho efectivo –como un kiosko o un bar– y, por tanto, es complicado obtener sus ventas reales.

Requisitos cese de actividad
En este sentido, los requisitos que Seguridad Social marca para conceder los ceses de actividad son muy exigentes. Entre ellos, se destaca el cese por la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad económica, cuyos requisitos para la concesión serán favorables siempre y cuando se demuestren pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad en 1 año completo mayores al 10% de los ingresos obtenidos en el mismo período, la reducción del 60% de la jornada de los trabajadores o la suspensión temporal de los contratos de al menos el 60% de empleados, que el nivel de ingresos o ventas sea menor al 75% en los mismos períodos de ejercicios anteriores, o que los rendimientos netos del autónomo en esos trimestres sean menores al Salario Mínimo Interprofesional o a la base por la que viniera cotizando.

También hay un cese por fuerza mayor, determinante del cese temporal o definitivo de la actividad económica o profesional que se deriva por la declaración de emergencia por la autoridad pública competente –como es el caso de la pandemia–, la interrupción de la actividad de la empresa afecte a un sector o centro de trabajo, o cuando la caída de los ingresos sea del 75% de la actividad de la empresa con relación al mismo período del año anterior y los ingresos mensuales del trabajador autónomo sean menores al SMI o el importe de la base por la que viniera cotizando.

En este sentido, desde Upta señalan que hay un gran número de autónomos que no pueden demostrar los requisitos y a los que las mutuas les están reclamando la devolución de la prestación que se aceptó en una situación tan excepcional. Por ello, desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos reclaman que se apruebe un aplazamiento de esas devoluciones tal y como establece la ley, con un periodo de fraccionamiento que no puede ser superior a los cinco años y cuya cuantía mensual a pagar superior a los 100 euros.

Debido a las exigencias, que son muy difíciles de cumplir para los autónomos que en muchas ocasiones reclaman el cese de actividad porque llevan unos meses en pérdidas y no quieren alargar la situación, las patronales reclaman una reforma del cese de actividad para que tenga una mejor accesibilidad «ya que los autónomos cotizan por él desde 2019 y se les deniega a un 60%». Entre los principales cambios que plantean es que se perciba una «no voluntariedad» de cierre, pero que sea inviable seguir con la actividad económica, y que las mutuas tengan el mismo criterio a la hora de conceder la prestación por cese de actividad.

Tributación por estimación objetiva
No todos los autónomos pueden seleccionar el modelo de tributación, sino que para acogerte al sistema por módulos hay que cumplir una serie de requisitos, que se establecieron en el año 2026, y establecen que pueden tributar por módulos aquellos autónomos que facturen menos de 250.000 euros al año si venden a particulares o menos de 125.000 euros al año, si lo hacen a empresas. Desde ese ejercicio, el legislador ha ido prorrogando estos límites año a año, pero para 2025 aún no lo ha hecho. Actualmente hay 430.000 profesionales que tributan en módulos.

Fuente: El Economista

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