La sentencia del Constitucional deja en un limbo 800 millones en multas.

Posted by JJL | 19 julio, 2021

El texto del fallo, aún sin publicar, determinará qué sucederá con las sanciones. La sentencia tiene la posibilidad de establecer límites y matices a la decisión. 


Es la pregunta que muchos españoles se hacen tras la sentencia de esta semana del Tribunal Constitucional (TC). ¿Qué sucede con las multas impuestas durante el primer confinamiento después de que el Tribunal lo declarara ilegal? La respuesta fácil es que, al establecer inconstitucional este periodo, las sanciones sean declaradas nulas. Sin embargo, la sentencia, cuyo texto aún no se ha publicado, puede mantenerlas.

El TC anunció esta semana su sentencia por la que declara inconstitucional el confinamiento, es decir la limitación de circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas que fijaba la norma, así como la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial. Este estado de alarma por la pandemia del coronavirus llegó a su fin con más de 9.000 detenidos y casi 1,2 millones de sanciones, una abultada cifra para una administración sobrepasada que tuvo dificultades para su tramitación. Estas multas sumaron un total de más de 800 millones de euros. España fue uno de los países más sancionadores del entorno.

Lo normal es que la inconstitucionalidad de la medida revoque las multas. La directora legal de Reclamador.es, Almudena Velázquez, explica que «a la espera de conocer la sentencia en su integridad y por lo que se ha filtrado, todo apunta a la nulidad de las multas impuestas por incumplir el confinamiento y que aún no sean firmes, es decir que se encuentren en vía de impugnación o con plazo para ello». La jurista señala que «las dudas sobre la legalidad de estas multas siempre han sido puestas de manifiesto por Reclamador.es, no ya por el marco legal bajo el que podían ampararse, el estado de alarma, sino por la indefinición del artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana que servía de cobertura y que ya había sido desechado por muchos juzgados mientras que otros lo admitían, creando una gran inseguridad jurídica».

Velázquez subraya que «teniendo en cuenta que será la sentencia la que establezca los efectos de esta declaración de inconstitucionalidad, lo más prudente sería que todos los órganos administrativos y judiciales suspendieran la tramitación de las multas e incluso las causas penales hasta que sea publicada y de esta manera no someter a los ciudadanos a mayor inseguridad hasta ese momento, o peor, seguir sancionados o dentro de un procedimiento penal que luego tendrán que seguir recurriendo».

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Constitucional puede establecer algo distinto. Son ya varios los expertos jurídicos que sostienen que el fallo establecerá ciertos límites y matices en el caso de las sanciones.

En este caso, el TC podrá determinar varios escenarios, desde mantener las sanciones amparándose en la seguridad jurídica, a tumbarlas todas. Según fuentes próximas al Tribunal Constitucional lo que sucede normalmente en estos casos es que las sanciones que tienen una respuesta administrativa en firme se mantienen, pero que las que están recurridas pueden revocarse por parte del fallo.

Así se multó

Según los datos, durante los meses del primer estado de alarma, saltarse el confinamiento ha comportado propuestas de sanción que puede conllevar multas desde los 600 euros por desplazamientos no autorizados hasta los 10.400 por organizar o participar en actividades de grupos que suponen riesgo de contagio, según una guía distribuida por Interior al mes del estado de alarma.

Por comunidades autónomas, y con datos de mediados de junio, es Andalucía la que acapara el mayor número de sanciones, con algo más de 194.000, por delante de Madrid, con unas 183.000, y la Comunidad Valenciana (en torno a las 167.000). Las tres representan el 48%.

Fuente: ElEconomista.es

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