Hacienda suaviza las trabas a las reclamaciones al Estado tras el varapalo europeo

Posted by JJL | 23 mayo, 2023

El Gobierno planta rebajar parcialmente el blindaje contra las reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado legislador casi un año después de fallo del TJUE contra el modelo español.

Finalmente, y tras el sonoro varapalo asestado contra el sistema español por la justicia comunitaria hace un año, el Gobierno se dispone a suavizar las trabas legales existentes en España a la hora de reclamar compensaciones al Estado por el incumplimiento de la legislación comunitaria. En concreto, Hacienda acaba de elevar -hasta el 12 de junio- al procedimiento de audiencia e información pública el anteproyecto de ley de modificación del régimen de reclamaciones frente a la responsabilidad patrimonial del Estado legislador.

El modelo aplicado en España fue tumbado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia dictada a finales del pasado mes de junio que obligaba a España a modificar su regulación si no quería verse sometida a duras sanciones. El tribunal dictaminó que el régimen de reclamaciones al Estado aplicado en España era tan complejo que hacía «en la práctica imposible o excesivamente difícil obtener la indemnización» requerida.

El sistema data de 2015, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo una suerte de blindaje contra reclamaciones tras sufrir peticiones por 1.600 millones de euros un año antes cuando la justicia europea anuló el céntimo sanitario.

El sistema impulsado por el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, exigía que para poder presentar una reclamación contra la responsabilidad patrimonial del Estado legislador en caso de incumplimiento de la regulación europea, el ciudadano tenía primero que haber recurrido la actuación administrativa hasta obtener una sentencia en firme desestimando sus pretensiones; además, durante este pulso judicial, el interesado debía haber alegado además explícitamente la infracción del Derecho comunitario; que luego el TJUE así lo resolviese y que la indemnización se solicitase en el plazo máximo de un año desde la publicación del fallo comunitario, pudiendo pedir únicamente el resarcimiento de daños sufridos en el lustro inmediatamente anterior.

Semejante diseño fue denunciado por particulares ante la Comisión Europea, que acabó interponiendo un recurso contra España que el TJUE resolvió a favor de Bruselas. Los magistrados se opusieron exigencia de un fallo suyo contra las leyes nacionales como única vía para que los ciudadanos tuviesen derecho a reclamar; cargaron contra la limitación de plazos; y aludían a la posibilidad de pedir indemnizaciones por las omisiones de un gobierno, y no solo por sus acciones.

La reforma planteada por Hacienda, ahora bajo la dirección de la ministra María Jesús Montero, suaviza parcialmente las trabas existentes, aunque es de prever que el nuevo diseño sea también contestado si no es modificado durante la actual fase de consulta pública. Así, Hacienda se abre a admitir las reclamaciones también tras sentencias del Supremo y otros jueces nacionales, no solo del TJUE; elimina el límite de cinco años sobre los daños a compensar y, «a fin de evitar generar dificultades excesivas», permite reclamar sin haber obtenido fallo en firme en contra si no hay actuación administrativa impugnable, esto es si se denuncia una omisión.

Fuente: Expansión

 

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