Choque entre la Justicia y Hacienda por la presentación telemática del IRPF

Posted by JJL | 24 enero, 2024

Pese a que tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Nacional rechazan la obligación de presentar el impuesto de forma electrónica, el Ministerio insiste en mantener la exigencia de presentación digital.

La declaración telemática de impuestos se ha convertido en el nuevo choque de Hacienda con la Justicia. Pese a que tanto el Tribunal Supremo como, ahora, la Audiencia Nacional rechazan que la Administración pueda obligar a la presentación de impuestos que afectan a todos los ciudadanos de manera electrónica, el Ministerio mantiene en su reforma la obligación.

Hacienda ha sacado a información pública el proyecto de orden por el que se aprueba el modelo de declaración del IRPF del ejercicio 2023, que se liquidará entre el 3 de abril y el 1 de julio. Este borrador establece que la declaración tendrá que presentarse por medios electrónicos a través de Internet, ya sea por la página web de la Agencia Tributaria, por teléfono o en oficina, igual que venía sucediendo en los últimos años, ya que garantiza asistencia personalizada a quien lo necesite.

Desde 2018, la Agencia Tributaria sólo permite presentar la declaración de IRPF por medios telemáticos pero en julio de 2023 el Tribunal Supremo dictaminó que, de acuerdo a la ley general tributaria, el uso de medios electrónicos es un derecho de los contribuyentes, pero no una obligación.

Y ahora, además, la Audiencia Nacional también da la razón a la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) en su lucha contra la obligación de presentar telemáticamente el IRPF.

La Aedaf interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicha obligación, establecida en la Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, cuyos artículos 9.1, 15.1 y 4 eliminan la posibilidad de presentar la declaración de IRPF en papel y fuerzan al contribuyente a presentarla exclusivamente de manera electrónica y sin amparo legal alguno.

La sección cuarta del Tribunal Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional recoge en su escrito que «dictará sentencia de conformidad con las pretensiones del demandante […] anulando los artículos 9.1, 15.1 y 4 de la Orden Ministerial objeto del presente recurso contencioso administrativo».

En septiembre de 2023 el Tribunal Supremo avaló el recurso de Aedaf contra la orden ministerial de 2018 que obligaba a los contribuyentes a presentar de forma telemática su declaración de la renta.

Los asesores fiscales defienden que la relación electrónica de los contribuyentes con la Administración es un derecho y no una obligación, y que, en todo caso, dicha obligatoriedad podría aplicarse a determinados colectivos, pero no a la generalidad de los contribuyentes.

Este asunto, cuya dirección letrada ha corrido a cargo del abogado Esaú Alarcón, miembro de la Aedaf, es la continuación del éxito obtenido ante el Tribunal Supremo en la sentencia que consideró que no podía obligarse a presentar la renta del año 2018 en digital.

Sin embargo, el Gobierno opta por modificar la ley del IRPF para establecer que Hacienda puede establecer, al aprobar el modelo de declaración, la obligación de presentación por medios electrónicos siempre que garantice una atención personalizada a los contribuyentes que necesiten asistencia.

Este cambio normativo, recogido en el último paquete de medidas antiinflación aprobado en diciembre del pasado año, solucionaba la «insuficiencia normativa» constatada por el Supremo, según explica la exposición de motivos de ese real decreto ley. Ahora, el borrador de orden ministerial por el que se diseña el modelo de IRPF a presentar en primavera, correspondiente al ejercicio 2023, explica que gracias al cambio normativo introducido en la ley de IRPF se mantiene la exigencia de presentar la declaración por medios telemáticos. El borrador explica que la atención personalizada a los contribuyentes que necesiten asistencia está garantizada.

Fuente: Expansión

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