La UE obliga a las Haciendas a informar a otros países si sus filiales pagan el impuesto del 15%

Posted by JJL | 9 mayo, 2025

La Unión Europea refuerza la vigilancia sobre las multinacionales para que paguen el nuevo impuesto mínimo del 15% en los países en los que tienen presencia y obliga a las Haciendas de los distintos Estados miembro a intercambiar datos tributarios de estas grandes compañías para que a ningún país se le escape el cobro que le corresponde.

España aprobó en diciembre de 2024 este nuevo tributo (transposición de una Directiva europea) que afecta a las compañías con más de 750 millones de euros de ingresos a través de tres figuras. Afectará a 830 grupos con negocio en España. Un primer impuesto complementario nacional que grava a las multinacionales cuya matriz está en nuestro país con un tipo mínimo del 15%; el impuesto complementario primario para que si las filiales de estas multinacionales no pagan un 15% en el país extranjero donde se sitúan, lo haga la matriz por ellas en España; y el impuesto complementario secundario que grava a las filiales extranjeras situadas en España.

Ahora, Bruselas ha aprobado una nueva Directiva para la cooperación de los países en materia de fiscalidad (DAC 9) para que todas las Haciendas colaboren en el intercambio automático de información sobre este nuevo impuesto.

Esta norma se aprobó con urgencia el 14 de abril para dar tiempo a que todos los países la traspongan antes del 31 de diciembre de 2025.

Las matrices de las multinacionales tendrán que remitir a la Hacienda del país en el que se sitúen una declaración informativa sobre el impuesto complementario. A partir de ahí, las distintas administraciones tributarias tendrán un plazo de tres meses para remitir a las Haciendas de otros países la parte de esta declaración que les interese. Es decir, si esa multinacional tiene una filial en otro país de la UE, la Hacienda que haya recibido la declaración, deberá enviar a este otro país la información pertinente sobre la tributación de esta filial.

No obstante, la directiva, consciente de la dificultad que acarrea este nuevo impuesto, da margen para este intercambio y no se hará antes del 1 de diciembre de 2026.

Con esta nueva norma se trata de cerrar el círculo sobre el control del nuevo impuesto para que las multinacionales no eludan su responsabilidad tributaria a través de filiales en el extranjero. Al menos, en los países de la UE. Así, todos los Estados recibirán información sobre si las filiales que acogen cumplen o no con el pago del tributo.

La UE se queda sola
Cabe recordar que este nuevo impuesto se acordó por 138 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para evitar la elusión fiscal de las grandes compañías, pero al final potencias tan relevantes como EEUU o China han dado marcha atrás a aplicarlo.

Si la Administración tributaria del país que recibe la información considera que es inexacta, podrá hacer requerimientos al Estado emisor. Asimismo, si no recibe nada, también podrá solicitar la declaración de una empresa sobre este nuevo impuesto.

Las declaraciones que presenten las empresas matrices o aquellas a las que hayan designado para emitir esta información, siempre que esté en una jurisdicción amiga de la UE, deberán ser lo suficientemente completas para que las Administraciones puedan evaluar los riesgos y calcular la deuda tributaria.

Fuente: El Economista

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